Por considerarlo un avance respecto a la situación actual, desde el bloque PTS en el Frente de Izquierda vamos a acompañar en general el proyecto que legisla sobre los alcances y relaciones jurídicas derivadas del uso de técnicas de reproducción humana asistida y la protección del embrión no implantado. Sin embargo, no queremos dejar de señalar nuestras disidencias con los aspectos que consideramos más críticos de la norma propuesta, que como tantas otras no ha contado con el debate necesario en el Congreso ni entre los sectores sociales y organizaciones comprometidas con esta causa.
En primer lugar, no puedo dejar de señalar que la ley que a partir de hoy va a regular los alcances, el derecho y las relaciones jurídicas derivadas del uso de estas técnicas, resulta de lo votado por ésta Cámara hace poco más de un mes. Como señala en su artículo 1°, entre otros, el proyecto que estamos debatiendo, se propone su sanción “en concordancia y de forma complementaria con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial Unificado y en la ley 26.862 y su reglamentación vigente”.
No podemos menos que reafirmar nuestro rechazo a la reaccionaria modificación del artículo 19 del Código Civil que impuso el Vaticano y la jerarquía de la iglesia católica, en lo que desde el PTS en el Frente de Izquierda denunciamos como una condena al derecho elemental de las mujeres a no morir a consecuencia del aborto clandestino. En aquella ocasión planteaba en mi intervención en esta Cámara que con la sanción de ese Código íbamos a tener que inventar un nuevo término en política, porque nacía el "progresismo clerical”. Los hechos que siguieron, con la negativa del oficialismo a aprobar el proyecto de despenalización y legalización de la interrupción voluntaria del embarazo, elaborado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto, lo confirmaron. Y diversos aspectos que se incorporan hoy en esta ley de fertilización asistida también.
El mismo artículo 1° que citaba anteriormente deja abierta la posibilidad de que las obras sociales, prepagas y hasta hospitales públicos se nieguen a brindar el tratamiento que se pretende legislar con este proyecto, ya que el artículo 19 del Código Civil y Comercial recientemente unificado tras esa votación establece que el embrión tiene el carácter de persona desde la concepción, de manera que, en concordancia con los argumentos más reaccionarios, podría llegar a argumentarse que una persona no puede ser crioconservada. Estas importantes contradicciones en el contenido del proyecto no son casuales ni ingenuas y ponen en riesgo hasta las propias técnicas de fertilización asistida que se pretenden proteger y regular.
Muchas personas que buscan tener un hijo por medio de estas técnicas nos escribían por aquellas horas solicitando que se rechacen éstos artículos, que no terminan de solucionarse con una nueva ley de fertilización que complemente lo que se hizo hace un mes. Si el oficialismo y los partidos de la oposición mayoritaria que hoy lo acompañan tienen que enmendar lo que votaron ayer con otras leyes, ¿pueden explicar para qué las votaron?
Otro aspecto que cuestionamos de este proyecto es que, a pesar de la ley 26.862 de Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida (sancionada en 2013), así como de las modificaciones que ahora se proponen, continúan sin estar claras las disposiciones que deberán implementarse para garantizar efectivamente, en todo el territorio nacional, la inclusión de estas técnicas de fertilización humana asistida y de protección del embrión no implantado en el sistema público de salud. De esta manera seguirá beneficiándose el negocio privado, que impone una clara discriminación para quienes no cuentan con los recursos para afrontar un tratamiento tan costoso en áreas como el de la crioconservación o criopreservación.
Por eso, exigimos que se incorpore un artículo que plantee claramente que será responsabilidad y obligación del Estado nacional y los estados provinciales garantizar todos los medios necesarios (lo que implica también la infraestructura, las tecnologías y el personal idóneo) para que todas las personas que así lo soliciten puedan acceder de manera gratuita a las técnicas de fertilización humana asistida y de protección del embrión no implantado, ya que se trata de un derecho de todas las personas, que no puede implicar distinción de género ni de clase social alguna. Esto, va de suyo, debe implicar asimismo su inclusión en las partidas presupuestarias anuales así como la correspondiente cobertura de las obras sociales de la integridad del procedimiento que implican el desarrollo de estas técnicas y la explicitación de la inclusión de los hospitales públicos en la nómina de los centros de salud que debe autorizar la autoridad de aplicación.
Además, como sostienen diversas organizaciones que defienden los derechos de las personas LGTBI, este proyecto de ley tiene un sesgo fuertemente heteronormativo y tutelar. Para dar sólo un ejemplo, deja al arbitrio de los profesionales la necesidad de que los y las solicitantes deban someterse a un “abordaje interdisciplinario mediante la asistencia y contención psicológica”. Este es un concepto que nos preocupa, ya que como se denuncia desde la comunidad LGTBI puede implicar prejuicios sobre la capacidad de las personas para enfrentar, comprender y atravesar el proceso de fertilización asistida, ya que puede llevar a hacer aún más engorroso el proceso que esta técnica implica, utilizando mecanismos de habilitación arbitrarios y discriminatorios.
Por otra parte, el proyecto no garantiza el anonimato del donante bajo el argumento del derecho a la identidad. Alertamos sobre este punto, ya que no podemos equiparar el justo reclamo por la información de la identidad genética de bebés y niños apropiados durante la dictadura militar y la exigencia por el derecho a la verdad sobre los hijos e hijas de nuestros compañeros y compañeras detenidas desaparecidas, con la información sobre células donadas voluntariamente por donantes anónimos. Donar gametos no es ser padre o madre. Y a los legisladores que impulsan este proyecto de ley no se les debería olvidar que, como dice la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, un gameto no es persona.
Por último, no se mencionan específicamente a las personas trans, a pesar de que las personas trans que decidan utilizar hormonas o cirugías pueden desear preservar sus gametos antes de iniciar intervenciones como las que afecten su fertilidad. Aunque el proyecto de ley expresa en su texto que no estará permitido discriminar por orientación sexual o identidad de género, la redacción de conjunto del proyecto se basa en el modelo de una pareja monogámica formada por un hombre y una mujer heterosexuales.
Por todo esto, insistimos en nuestro acompañamiento en general al proyecto en cuestión, con las disidencias expuestas.