52. INSERCIÓN SOLICITADA POR EL SEÑOR DIPUTADO PÉREZ (M. A.)

Fundamentos del apoyo del señor diputado al proyecto de ley de creación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

Estamos hoy reunidos para tratar un proyecto de ley que es un verdadero hito para esta Cámara de Diputados, ya que luego de 145 años el Poder Legislativo busca sancionar un nuevo Código Civil y Comercial que permita contemplar y regular la dinámica vital de la sociedad contemporánea. La unificación en 2671 artículos de los más de 4000 que tiene el Código vigente y los 506 artículos del Código Comercial busca consagrar los principios generales que van a regir las relaciones jurídicas en nuestro país.
Desde 1869, año en que el texto diagramado por Vélez Sarsfield fue aprobado, nuestra sociedad ha experimentado un sinfín de cambios en los diferentes planos de la vida. Transformaciones económicas, tecnológicas, geopolíticas y en el plano de las ideas han dado lugar a nuevas formas de concebir y experimentar la vida por parte de los ciudadanos. Este desarrollo permanente, nunca lineal, del “espíritu humano”, se manifestó a lo largo de las décadas en la irrupción de demandas ciudadanas y sus consecuentes luchas por el reconocimiento de nuevos derechos por parte del Estado.
En esta disputa constante entre las emergencias socioculturales y los marcos jurídicos estatales, pueden identificarse diferentes etapas en la historia argentina que va de 1870 a nuestros días. Más allá de sus particularidades, pueden agruparse en función de una distinción fundamental: por un lado, aquellos procesos con vocación de ampliación de derechos y, por el otro, aquellos que han buscado clausurar y cercenar el reconocimiento de estos.
A comienzos del siglo XX, fue el radicalismo el que impulsó y conquistó la ampliación de los derechos políticos, lo cual quedó plasmado en la denominada Ley Sáenz Peña, hecho que abrió un nuevo capítulo en la vida democrática argentina. La consagración de los derechos laborales, junto a otras tantas conquistas -como el voto de la mujer y la gratuidad de la enseñanza universitaria- fueron el principal aporte del Movimiento Nacional Justicialista durante el gobierno de Juan Domingo Perón iniciado en 1946.
Ambos procesos encontraron resistencias y afrentas de sectores que no vieron con buenos ojos esta vocación de ampliación de derechos. Los golpes de Estado y la implementación de gobiernos dictatoriales que clausuraron las libertades democráticas fueron el modo que estas facciones reaccionarias encontraron para clausurar estos procesos. Estas prácticas autoritarias volverían a repetirse en las décadas posteriores, evidenciando así la incapacidad de las corporaciones dominantes de la argentina para canalizar a través de las instituciones democráticas las demandas de una ciudadanía que exigía no solo recuperar sino ampliar y hacer efectivos sus derechos.
Sin embargo, el fin de la dictadura genocida y la consolidación del sistema democrático en 1983 no fueron suficientes para asegurar un proceso virtuoso de ampliación democrática.
Sin dejar de reconocer los esfuerzos desplegados por el presidente Raúl Alfonsín, a partir de la valiente discusión y sanción de la ley de divorcio, los primeros 25 años del retorno de la democracia vieron pocos intentos de ampliación de libertades democráticas de derechos para las grandes mayorías por parte del Estado. El disciplinamiento de las fuerzas políticas a los intereses de las corporaciones clausuró el debate pendiente en la sociedad y permitió el avance de intereses particulares sobre el derecho de las mayorías, en especial en la esfera del trabajo. Lamentablemente, las instituciones democráticas quedaron reducidas a un andamiaje institucional vacío de representación de la ciudadanía y la demanda del reconocimiento y cumplimiento de sus derechos.
Un nuevo capítulo en materia de ampliación de derechos se inició en 2003. Teniendo al respeto y cumplimiento de los derechos humanos como premisa fundamental, importantes leyes en materia de derechos civiles como el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género fueron impulsadas y sancionadas. Pero la ampliación de derechos no se limitó al plano de los derechos individuales y personales. El reconocimiento del derecho a la comunicación e información que representa la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es un claro ejemplo de la vocación democratizadora del proceso de gobierno iniciado por Néstor Kirchner y continuado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Este recorrido histórico por las diferentes fases de la historia argentina posteriores a la sanción del Código Civil vigente busca dar cuenta de los avances y retrocesos que durante este período hemos experimentado como sociedad en la construcción de un país con amplias libertades y derechos garantizados. En cierta forma, este nuevo Código Civil y Comercial que hoy debatimos reúne en sus 2671 artículos las transformaciones y conquistas sedimentadas a lo largo de estos 145 años. En este reordenamiento y actualización jurídica convergen los esfuerzos de múltiples actores sociales que a lo largo de décadas han luchado por el reconocimiento del Estado de sus derechos como ciudadanos y las transformaciones prácticas y culturales que la vida en democracia ha posibilitado.
La no distinción entre varón y mujer a los efectos de definir quiénes pueden unirse en matrimonio; la simplificación de los trámites para solicitar el divorcio; la incorporación de la figura del concubinato con amplios derechos que regulen ese vínculo; el derecho positivo nacional a la Convención Internacional de Protección a las Personas con Discapacidad; la reproducción humana asistida equiparada plenamente con la natural y la adoptiva; mayores atribuciones a la asamblea de propietarios en la propiedad horizontal. Estas son solo algunas de las tantas innovaciones que el nuevo Código Civil y Comercial introduce en el ordenamiento legal del país, las cuales tienen como principal objetivo lograr acortar el correlato entre la vida cotidiana de la gente y el marco formal que las contempla.
Señor Presidente, quería detenerme en un aspecto particular del proyecto que debatimos hoy: las modificaciones al Derecho de Sucesiones.
Este tipo de Derecho regula y determina el destino de las titularidades y relaciones jurídicas de una persona después de su muerte. Es importante entender que nos estamos refiriendo a cómo un argentino podrá disponer de sus bienes, del fruto de su trabajo, al momento de su muerte.
En este sentido, el proyecto que hoy tratamos introduce modificaciones significativas, que mencionaré brevemente:
- Todo argentino tendrá mayor discreción sobre el reparto de su patrimonio, ya que este proyecto reduce los porcentajes mínimos del patrimonio que corresponderá por ley al cónyuge, a sus descendientes o a sus ascendientes.
- Se incorpora la protección de los bienes de aquellas personas que contraen matrimonio “in extremis”, es decir, aquellos matrimonios en los cuales uno de los contrayentes se encuentra seriamente enfermo y fallece hasta dentro de los treinta días posteriores a la unión.
- El ciudadano podrá establecer “fideicomisos testamentarios” con sus bienes. Podrá designar un fideicomisario, que deberá actuar siempre en beneficio de sus herederos.
- En caso de tener un heredero con discapacidad, se permitirá que una persona pueda dejar a éste un porcentaje mayor de su herencia. Este punto implementa acuerdos internacionales firmados por nuestro país.
- En caso que el patrimonio heredado incluya deudas, el heredero responderá por éstas solamente con los bienes que haya obtenido por la sucesión, y no con su patrimonio, que obtuvo anteriormente.
- Se otorga mayor flexibilidad para dirimir el reparto de los bienes de la sucesión entre herederos. Esto se conseguirá a partir de un sistema de licitación y de reparto equitativo de las diferencias monetarias.
Señor Presidente, estas reformas al Derecho de Sucesiones están en plena consonancia con el proceso político iniciado en 2003. Y es así porque protegen el derecho de todo argentino, pobre o rico, trabajador o propietario, sobre aquellos bienes que obtuvo a partir de su trabajo. Y también porque contemplan situaciones especiales, de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad, ya sea por causa de enfermedad o discapacidad.
Hoy estamos en nuestras bancas tomando decisiones fundamentales para el país. Queremos seguir construyendo condiciones de vida más dignas a partir de leyes que protejan cada vez más a todos los argentinos.
Muchas gracias.
 

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